La excepcional
cantidad de normativas que regulan todos los actos
administrativos, jurídicos o de cualquiera otra
índole, son en muchos casos contradictorios, cuándo
no confusos en su aplicación. Sucede con el borrador
del Decreto que prepara la Junta de Andalucía para
regularizar las viviendas fuera de ordenación. Por
un lado, el Real Decreto-ley 8/2011, de 1 de julio,
de medidas de apoyo a los deudores hipotecarios, de
control del gasto público y cancelación de deudas
con empresas y autónomos contraídas por las
entidades locales, de fomento de la actividad
empresarial e impulso de la rehabilitación y de
simplificación administrativa, en el capítulo de
Seguridad Jurídica, precisa: "Se inscribirán en el
Registro de la Propiedad las escrituras de
declaración de obra nueva que se acompañen de
certificación expedida por el Ayuntamiento o por
técnico competente, acta notarial descriptiva de la
finca o certificación catastral descriptiva y
gráfica de la finca, en las que conste la
terminación de la obra en fecha determinada y su
descripción coincidente con el título.
A tales efectos, el Registrador comprobará la
inexistencia de anotación preventiva por incoación
de expediente de disciplina urbanística sobre la
finca objeto de la construcción, edificación e
instalación de que se trate y que el suelo no tiene
carácter demanial o está afectado por servidumbres
de uso público general. El asiento de inscripción
dejará constancia de la situación de fuera de
ordenación en la que queda todo o parte de la
construcción, edificación e instalación, de
conformidad con el ordenamiento urbanístico
aplicable. A tales efectos, será preciso aportar el
acto administrativo mediante el cual se declare la
situación de fuera de ordenación, con la
delimitación de su contenido. Los Registradores de
la Propiedad darán cuenta al Ayuntamiento respectivo
de las inscripciones realizadas en los supuestos
comprendidos en los números anteriores, y harán
constar en la inscripción y en la nota de despacho
la práctica de dicha notificación". Un galimatías
puro y duro para el ciudadano común.
Para el alcalde de Lubrín, Domingo José Ramos, el
asunto es claro: "el Decreto de la Junta, en
principio, elimina los problemas de las viviendas
alegales. Hay incertidumbre en muchas familias y
este Decreto solucionará su problema, si bien
algunas viviendas por dónde están ubicadas: zona
protegida o inundable, será imposible legalizarlas.
Pero se legalizarán casi todas". El Alcalde de
Lubrín calcula que serán alrededor de cincuenta las
viviendas que no podrán ser regularizadas por las
circunstancias citadas.
Domingo José Ramos valora positivamente la
iniciativa de la Junta de Andalucía "porque todos
hemos sido responsables, aunque no se trata de
buscar culpables, sino de encontrar soluciones y que
sea lo antes posible".
Si para Ramos este Decreto de la Junta es una buena medida para erradicar un problema que afecta a propietarios, Ayuntamientos y, también a la Junta de Andalucía, "la situación de liquidez por la que está pasando el Ayuntamiento es muy difícil, no podemos llegar a fin de mes para cubrir los gastos, seguros sociales, nóminas, de los dieciséis trabajadores que tiene este Ayuntamiento". Domingo José Ramos aplicará recortes allá donde pueda, terminará los proyectos que están en marcha como la fábrica de yogurt, y sorteará la crisis de liquidez hasta donde dé. Espera que la medida adoptada por el Gobierno Central de encomendar al Instituto de Crédito Oficial la puesta en marcha de la Línea ICO-Entidades Locales 2011, sirva de algún desahogo a los Ayuntamientos.