La Rioja, España. Los juzgados empezaron este
año con 884 ejecuciones hipotecarias pendientes
Sobreendeudamiento
familiar sumado a las crisis financieras y del sector
constructor, así como a la elevada tasación del valor de las viviendas y
al desempleo, son una mezcla que tiene resultados escalofriantes. De
acuerdo con los datos extraídos de las memorias del Tribunal Superior de
Justicia de La Rioja correspondientes a los años 2008, 2009 y 2010, 917
riojanos han perdido sus casas al no poder hacer frente al pago
de la hipoteca que pesaba sobre ellas. A ellos hay que sumar los
175 lanzamientos que ya han sido realizados este año en Logroño y
Lardero por parte de las comisiones judiciales encargadas de asegurarse
de que los deudores abandonan sus viviendas.
En resumen, cada día hay un riojano que,
tras la correspondiente notificación judicial, ha apurado un último mes
en la casa que adquirió mediante crédito hipotecario, ha apilado
sus pertenencias y se ha mudado a la fuerza.
Pero hay que tener en cuenta que las
cifras no se ajustan exactamente a la realidad y pueden ser incluso
mayores. Una solicitud de ejecución hipotecaria por parte de un
banco o una entidad financiera puede referirse a varios
inmuebles y los lanzamientos ejecutados por los funcionarios judiciales
no se corresponden con la totalidad de los casos, puesto que existen
otros en los que se alcanza un pacto previo entre el banco y el
expropietario y, por lo tanto, no requieren la presencia de funcionarios
judiciales para que las viviendas queden vacías.
Al revisar las tablas estadísticas de los
juzgados de primera instancia de Logroño, Calahorra y Haro, se comprueba
que la crisis arreció al finalizar 2008. Ese año, se resolvieron 154
ejecuciones hipotecarias, pero quedaron pendientes 421. En 2009
fueron más del doble las que se resolvieron en los juzgados (388) y el
número de las pendientes escaló hasta las 740. En 2010, el último
ejercicio cerrado a efectos estadísticos, fueron 375 las resueltas, pero
los juzgados comenzaron 2011 con otros 884 casos pendientes. De ellos,
según los datos recabados esta semana, solo los juzgados de la capital
han llevado a cabo otros 175 lanzamientos.
Lógicamente, el mayor número de
ejecuciones hipotecarias corresponde a los instancias judiciales
logroñesas, por ser la capital la que reúne a algo más de la mitad de la
población y debido al hecho de que Logroño y sus localidades aledañas
fueron las principales protagonistas del 'boom' inmobiliario.
En concreto, la demarcación jurisdiccional
de Logroño realizó 89 ejecuciones hipotecarias en 2008, que subieron
hasta las 242 en 2009 y alcanzaron las 261 el pasado año. En Calahorra,
se realizaron 53 en 2008, 96 en 2009 y 76 en 2010. La misma progresión
ascendente se registró en los juzgados jarreros, donde se resolvieron
una docena de casos en 2008, medio centenar en 2009 y otras 38 el pasado
ejercicio.
El procedimiento comienza con la solicitud
al juzgado por parte de un banco o de una entidad financiera.
Cuando detectan impagos sucesivos en los préstamos
hipotecarios, demandan a los juzgados que abran el proceso.
El primer paso de la Justicia consiste en
requerir a los deudores el pago de las cantidades
pendientes en un plazo no superior a los 30 días. Si no se
satisfacen estas deudas, la vivienda se saca a subasta.
En las escrituras de las hipotecas
figuran las tasaciones de las viviendas y ese es el valor inicial sobre
el que se puede pujar en la subasta. A día de hoy, la mayoría de las
subastas queda desierta, puesto que el valor de tasación sigue siendo
alto en relación al cada vez más menguante precio de mercado de las
viviendas y es evidente el estancamiento general en la compra-venta de
inmuebles. Por eso los antiguos 'subasteros' también se han reducido a
la mínima expresión.
Ante esta situación, son los propios
bancos y entidades financieras que en su día concedieron las
hipotecas las que se quedan con los inmuebles. Esta posibilidad
viene recogida en el artículo 671 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que
habla de que, en el caso de que la subasta quedara desierta sin
postores, el acreedor podrá adjudicarse el bien por el 50% del
valor de su tasación.
Cuando el juzgado recibe un decreto de
adjudicación que le confirma que la finca o vivienda tiene nuevo
propietario, notifica el lanzamiento a los antiguos propietarios. Un
aviso en un buzón o entregado en mano ponen en marcha la cuenta
atrás. Tienen un mes para abandonar la vivienda.
Cumplido el plazo, se persona en la
casa una comisión judicial formada por un gestor y un auxiliar de
justicia, siempre acompañados de agentes de la Policía Local, para
obligar a los moradores a abandonar el inmueble.
Según los responsables de este servicio en
los juzgados de Logroño, en la mayoría de los casos los antiguos
propietarios ya han abandonado la vivienda, si bien señalan que cada vez
se encuentran más casos de 'ocupas' en este tipo de pisos. Cuando los
moradores son personas que muestran un contrato de arrendamiento, se
paraliza temporalmente el lanzamiento hasta que el juez determine los
pasos a seguir.