Fuerte campaña de la AFIP
salió para regularizar la situación de 40.000 monotributistas que deben de
aportes jubilatorios
Con cartas a los contribuyentes, la AFIP ya advirtió a 40.000
monotributistas con deudas por aportes jubilatorios. Se trata de
aportantes que no están en relación de dependencia y que no abonaron
los montos mensuales correspondientes a la seguridad social. El
organismo recaudador aclaró que no fueron “intimaciones” sino cartas
de “inducción” a los deudores y que lograron que el 10% regularice
su situación.
La AFIP empezó una campaña para cobrar deudas. Apunta a 40.000
monotributistas que deben aportes jubilatorios pero también reclama
pagos por aportes que no corresponden y a los que el contribuyente
en cuestión no está obligado a ingresar.
Sobre los primeros, el organismo recaudador
envió cartas de “inducción” a los contribuyentes, que la AFIP aclara
que no son intimaciones.
La carta la recibieron los contribuyentes inscriptos en el régimen
simplificado que no están además bajo relación de dependencia y que
no abonaron los montos mensuales correspondientes a la seguridad
social.
“Lo que se hicieron fueron inducciones, no intimaciones. Y se
hicieron a aquellos monotributistas que no están en relación de
dependencia ni aportan a cajas previsionales complementarias. Por lo
tanto, les corresponde pagar el aporte previsional. Fueron 40 mil
cartas y en un mes ya se logró que el 10% comience a pagar”,
comentaron fuentes del organismo tributario en declaraciones a la
señal de noticias TN.
Los mensajes advierten: “Nuestros registros no surgen pagos a las
cotizaciones del régimen de seguridad social”.
Y advierte: “Ante el incumplimiento de esos requisitos, tendrías que
darte el alta en el impuesto monotributo autónomo desde la fecha que
te corresponda y efectuar los pagos”.
Asimismo, informa que para ingresar en la categoría “no aportante”
del régimen simplificado, el contribuyente debe cumplir tres
requisitos: registrar ingresos en relación de dependencia, luego
percibir otros ingresos que tributen aportes a la seguridad social y
además registrar ingresos en carácter de beneficiario de
prestaciones, como por ejemplo una jubilación.
Desde el blog especializado Blog del Contador, cuestionaron a la
AFIP: “En el caso de empleados en relación de dependencia es posible
el alta dentro del Monotributo en la categoría como no aportante.
Esto quiere decir que al ya tener retenciones por aportes a la
jubilación y a la obra social por el empleo, se podrá adherir al
régimen simplificado ingresando solamente la cuota impositiva,
desligándose de la obligación de ingresar las cotizaciones
previsionales fijas a la seguridad social y obra social”.
Sin embargo, el organismo a cargo de Lenadro Cuccioli ha salido a
reclamar pagos por aportes que no corresponden y a los que el
contribuyente en cuestión no está obligado a ingresar, destaca el
portal IProfesional.
En el blog administrado por el consultor tributario Marcos Felice se
explicó cómo la AFIP intima a monotributistas una deuda del período
04/2019 cuando en la cuenta corriente se encuentra cancelada.
Desde el primer día posterior al vencimiento del pago del
Monotributo y hasta el momento que impacta el mismo, quienes tienen
adherido el débito automático generan una deuda ficticia que, entre
otras cuestiones mas graves -como puede ser querer emitir un libre
deuda y no poder- generan este tipo de intimaciones que no son mas
que una falsa acusación por una falta que no se ha cometido.
La explicación de la AFIP es que las cartas “son inducciones, no
intimaciones; y se hicieron a aquellos monotributistas que no están
en relación de dependencia ni aportan a cajas previsionales
complementarias”.